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  • Foto del escritorAlba Varona Herero

AMPLIACION DE PLAZOS PARA LAS AYUDAS EN MATERIA DE VIVIENDA FRENTE AL COVID 19

Las opciones o medidas que el Gobierno aprobó desde el Estado de alarma en marzo van finalizando, aunque en determinados casos, debido a la prolongación de la pandemia se ampliaron sus plazos:

💵 Préstamos del Estado:

El Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y

económico para hacer frente al COVID-19 establecía en su artículo 9.1, la aprobación de una línea de avales para la cobertura

por cuenta del Estado de la financiación a arrendatarios en situación de vulnerabilidad social y económica.

En este sentido la ORDEN TMA/1134/2020, de 30 de noviembre, por la que se modifican los plazos para solicitar y formalizar los préstamos avalados y subvencionados por el Estado establecidos en la Orden TMA/378/2020, de 30 de abril establece el plazo para solicitar los préstamos hasta el 31 de mayo de 2021 y su formalización hasta el 30 de junio de 2021,

🏠 Programa de ayuda del Plan Estatal de Vivienda:

El arrendatario que no puede afrontar el pago de la renta, siempre que reúna los requisitos para ello, aún puede acogerse a los préstamos del Estado hasta el 31 de mayo de 2021 (prorrogable hasta el 31 de agosto), y a las ayudas contenidas en el nuevo Programa incluido en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, que por el contrario ha suprimido el plazo, pudiendo solicitar ambas, ya que, en principio, no existe incompatibilidad, según establece el art. 2, apdo. 7 de la Orden 336/2020. Tan solo existirá la limitación de que el total de las ayudas conseguidas no supere el 100% del importe del alquiler

dentro del mismo período.


📱628 628 246

📩 albavarona@icaburgos.com


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