Despido objetivo y sucesión empresarial: condena solidaria a dos empresas

La falta de acreditación de las causas del despido y la reversión de una explotación llevaron a una indemnización con responsabilidad solidaria.
Un trabajador fue despedido por causas económicas y productivas tras finalizar los contratos vinculados a la explotación del centro en el que prestaba servicios. La controversia no se limitaba a la justificación del despido: también se discutía qué empresas debían responder de sus consecuencias.
La sentencia examinó los contratos de explotación, la reversión de las instalaciones a su titular y las obligaciones asumidas respecto de la plantilla. En el caso concreto, apreció una sucesión empresarial y responsabilidad solidaria entre la empleadora y la entidad que recuperaba la explotación. Otra empresa demandada fue absuelta porque no se acreditó que hubiera sucedido en la actividad del centro al que estaba adscrito el trabajador.
Además, el juzgado consideró que las causas económicas y productivas no estaban suficientemente acreditadas. Tampoco se había puesto a disposición del trabajador la indemnización correspondiente ni probado la falta de liquidez alegada para justificar esa omisión.
El despido fue declarado improcedente. Al haberse ejercitado la opción por la indemnización, la sentencia declaró extinguida la relación laboral y condenó solidariamente a dos empresas a su abono, con la responsabilidad subsidiaria del organismo de garantía salarial dentro de los límites legales.
La resolución muestra la importancia de estudiar tanto la carta de despido como las relaciones entre las empresas implicadas. No atribuyó responsabilidad a todas ellas por el mero hecho de participar en una actividad relacionada.
¿Te han despedido tras un cierre o un cambio de empresa? Solicita una consulta para estudiar las causas y las posibles responsabilidades.
Resumen de un caso concreto, sin datos identificativos. El resultado responde a las circunstancias examinadas y no garantiza un resultado equivalente en otros asuntos.



Comentarios