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Cese sin comunicación: despido improcedente de una trabajadora del sector público

Foto del escritor: Alba Varona Herrero
Alba Varona Herrero
hace 6 horas
1 min de lectura

Una trabajadora prestaba servicios para una Administración mediante un contrato de interinidad por vacante. Tras una duración prolongada de la relación, la plaza fue adjudicada en un proceso selectivo. La Administración tramitó su baja en la Seguridad Social, sin que constase una comunicación del cese.

En el procedimiento se discutieron dos cuestiones diferentes: la naturaleza de la relación laboral y la forma en que se había producido su extinción. El juzgado no reconoció la condición de personal fijo solicitada, pero consideró que la duración excesiva de la contratación determinaba su carácter indefinido no fijo.

Respecto del cese, la sentencia diferenció la posible existencia de una causa de extinción, como la cobertura de la plaza, de la necesidad de comunicarla correctamente. En este caso, la baja en la Seguridad Social no acreditaba que la trabajadora hubiera recibido una explicación suficiente de la finalización de su contrato.

El resultado fue la declaración de despido improcedente. La Administración quedó obligada a optar entre la readmisión con los salarios correspondientes o el pago de la indemnización fijada en la sentencia.

El caso no supuso la obtención de una plaza fija. Su relevancia reside en el reconocimiento del vínculo indefinido no fijo y en las consecuencias de extinguirlo sin la comunicación exigida en el supuesto examinado.

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Resumen de un caso concreto, sin datos identificativos. El resultado responde a las circunstancias examinadas y no garantiza un resultado equivalente en otros asuntos.

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