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  • Foto del escritorAlba Varona Herero

STS, Sentencia laboral - ¿Qué es salario?

Actualizado: 11 feb 2021

La Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección4ª Tribunal Supremo en su Sentencia núm. 1716/2020 de 14 diciembre, aclara el concepto de salario a efectos de base de cotización, necesaria para calcular la prestación por desempleo, las prestaciones por incapacidad o las pensiones de jubilación, entre otros.

La sentencia establece que es salario todo dinero que percibe un trabajador de su empresa, lo percibido integra la base de cotización. Si lo pagado es para compensarle por gastos de manutención y desplazamiento, ya no es salario sino dieta, por lo que no integra dicha base de cotización.

JUICIO DE LA SALA

“1. Hecha la anterior precisión, se parte de la presunción de que es salario todo dinero que percibe un trabajador asalariado de su empresa, luego lo percibido integra la base de cotización. Ahora bien, si lo pagado es para compensarle o indemnizarle por los gastos de manutención y desplazamiento, ya no es salario sino dieta, por lo que no integra dicha base. Pues bien, es carga de la empresa probar que lo pagado responde a ese concepto compensatorio o indemnizatorio.

2. Por tanto y a los efectos del artículo 93.1 de la LJCA (RCL 1998, 1741) , se declara que la empresa de transportes debe justificar la realidad de un desplazamiento que constituya la ejecución de un contrato de transporte como objeto social de la misma y por el que cotiza según CNAE. En consecuencia, la empresa debe justificar la realidad del viaje realizado conforme a su actividad mercantil de transporte, luego su origen y destino, viaje de retorno, vehículo, conductor y, en su caso, días de viaje.

3. Y como complemento de la anterior doctrina casacional, justificada la realidad del desplazamiento, es cuando ya se aplica el régimen de justificación de los concretos gastos, y de ahí a lo regulado en la normativa citada en el RIRPF (RCL 2007, 664) referido al límite de la cuantía de la dieta que no se precisa justificación.”


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